¿Qué es una convalidación de matrimonio?

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Una “ceremonia de convalidación” es un remedio para un matrimonio que ha sido impedido por algún defecto canónico. Por lo general, la ceremonia se lleva a cabo en privado en presencia del párroco de la parroquia con dos testigos. La convalidación puede ser de dos tipos: retroactiva o regular.

En cualquiera de los dos casos, la convalidación puede subsanar el defecto de falta de forma canónica, o convalidar un matrimonio putativo cuando se haya resuelto un impedimento y ya no proceda.

A veces se hace referencia a esto como una “Bendición de Matrimonio”, pero en realidad es un nuevo acto de consentimiento para casarse por parte de ambos cónyuges. Intercambian votos matrimoniales en voz alta. Puede tener lugar durante la Misa o fuera de la Misa.

Hay casos en los que el cónyuge católico se arrepiente de haber contraído un matrimonio inválido fuera de la forma canónica y desea que se valide el matrimonio pero el otro cónyuge se niega a realizar otra ceremonia. En ese caso, la Iglesia en su misericordia y sabiduría puede otorgar una validación retroactiva (sanación radical) del matrimonio por ley canónica:

“1. La sanación radical del matrimonio inválido es su convalidación sin renovación del consentimiento, que se otorga por autoridad competente y conlleva la dispensa del impedimento, si lo hubiere, y de la forma canónica, si no se hubiere observado, y la retroactividad del efectos canónicos.

“2. La convalidación se produce en el momento de la concesión del favor. La retroactividad, sin embargo, se entiende extendida al momento de la celebración del matrimonio, salvo disposición expresa en contrario.

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“3. La sanación radical no debe concederse a menos que sea probable que las partes deseen perseverar en la vida conyugal” (Canon 1161).