El Código de Derecho Canónico de la Iglesia establece: “Los laicos que posean la edad y las calificaciones… pueden ser instalados de manera estable en los ministerios de lector y acólito” (Canon 230). Continúa el texto: “Cuando la necesidad de la Iglesia lo amerita, y faltando ministros, los laicos, aunque no sean lectores ni acólitos, pueden también suplirles algunos de sus oficios, a saber, presidir las oraciones litúrgicas, conferir el bautismo y distribuir la sagrada Comunión”.
El Papa Pablo VI heredó la responsabilidad de implementar las numerosas reformas del Concilio Vaticano II. Uno de ellos fue un cambio fundamental en la visión de la Iglesia sobre el ministerio. Invitar a miembros laicos de la comunidad de adoradores a compartir los deberes de lectores y acólitos fue un signo muy visible de este cambio. Un comentario sobre el texto citado anteriormente comenta: “[El Papa] intencionalmente tomó este paso para enfatizar que el ministerio no es solo un ministerio ordenado o sagrado. Todos participan en la misión de la Iglesia”.
Un resultado práctico de expandir el ministerio eucarístico de la Iglesia para incluir a los laicos es un mayor servicio. Un ministerio laico bien organizado puede llevar la Eucaristía a los enfermos y confinados en sus hogares mucho más a menudo que un pastor sin ayuda.